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    NUEVA YORK

¿Es posible venir a Estados Unidos para recibir tratamiento?

Los funcionarios consulares estadounidenses pueden emitir una visa de visitante (B-2) a cualquier extranjero que desee someterse a un tratamiento médico. Sabemos que el tratamiento en Estados Unidos se paga y, por lo tanto, la pregunta del cónsul es razonable: ¿quién pagará el tratamiento? A veces puede resultar caro. Prepare y esté preparado para presentar los siguientes documentos:

• una carta del médico tratante en el país de residencia permanente con una descripción de la enfermedad, un pronóstico para el curso posterior de la enfermedad y una lista de los procedimientos de tratamiento prescritos;

• una carta de la administración de un hospital estadounidense o de un médico que confirme el consentimiento para brindar la atención médica adecuada, acompañada de un cálculo del costo total del tratamiento y, si es necesario, de la hospitalización. Las cartas deben indicar la duración estimada del tratamiento necesario para estabilizar la condición del paciente;

• Si el médico u hospital acepta pagar el tratamiento, dicha intención debe confirmarse por escrito.

• Sucede que un residente permanente estadounidense o ciudadano del país acepta pagar el tratamiento de un amigo o familiar. El cónsul quedará satisfecho con el Formulario 1-134 Declaración jurada de manutención, así como con los documentos del banco, certificado de salario, declaración de impuestos del año anterior;

• si no se requiere hospitalización, se deberá informar al cónsul de la dirección durante el período de tratamiento. El formulario I-134 indica además la posible dirección residencial del paciente.

• en algunos casos, el cónsul puede exigir un acuerdo financiero legalmente firmado y notariado entre el hospital (o el médico tratante) y la persona que pretende pagar el tratamiento.

No se enoje si, sin presentar todos los documentos especificados, se le niega una visa de entrada a los Estados Unidos.

 

22.11.2022